¡SIN SORPRESAS! TSJ declara «inadmisible por extemporánea» recusación de Enrique Márquez

ENTRE TORMENTAS. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió sentencia este domingo en la que declara «inadmisible por extemporánea» la recusación introducida en el máximo tribunal por parte del excandidato presidencial Enrique Márquez, informó Mundo UR en su nota de prensa.

De acuerdo con la sentencia AVP-001, la recusación de Márquez -introducida el 20 de agosto- fue rechazada por la magistrada de la Sala Electoral, Fanny Márquez.

El también ex rector del Consejo Nacional Electoral (CNE) acudió el pasado martes 20 de agosto al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para presentar una solicitud de recusación contra la presidenta de la Sala Electoral, Caryslia Beatriz Rodríguez, por considerar que sus vínculos políticos afectan su imparcialidad en el caso.

Márquez consignó documentos ante el TSJ para argumentar que Caryslia Rodríguez, presidenta del Poder Judicial, “no ha demostrado idoneidad en el ejercicio del derecho para desarrollar la causa de la elección presidencial que lleva la Sala Electoral alrededor de los hechos del 28 de julio.

«Tiene afiliación política con el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), fue hasta concejal y estuvo activando hasta hace nada, de tal forma que yo considero que hay suficientes elementos de pruebas para decir que la presidenta de la sala no puede participar en esta causa», declaró ante la prensa, recordó TalCual.

El viernes 23 de agosto, Enrique Márquez informó que introducirá ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia un recurso de revisión de la sentencia de la Sala Electoral sobre los resultados de los comicios presidenciales del pasado 28 de julio.

“Queremos que esa sentencia se revise porque estamos trabajando en la restitución de nuestros derechos”; aseguró durante una rueda de prensa. Márquez puntualizó que la sentencia puede ser inapelable pero revisable.
GS / Agencias